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Decreto: 0232
(15 de agosto de 2019)

Por medio del cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal de la Gobernación del Putumayo La Secretaria de Despacho de la Secretaria de Gobierno Delegataria con funciones de Gobernadora (E) del departamento del Putumayo, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el numeral 7 del art. 305 de la Constitución Política, Ley 909 de 2004, Decreto 1083 de 2015 y el Decreto 785 de 2005;

CONSIDERANDO

Que mediante Decreto No 346 de diciembre de 2008 se modifica la estructura administrativa de la Gobernación de Departamento de Putumayo, se definen sus unidades administrativas y los procesos a su carga, el cual fue modificado por el Decreto 312 de 2009.
Que mediante Decreto No. 0099 de mayo 26 de 2009 se modifica la planta de personal, el cual fue adicionado por el Decreto No. 0313 de 2009, adicionado por Resolución No. 0325 de 2013 modificada por la Resoluciones No. 0754 de 2014, Resolución No. 2419 de 201 O modificada por la Resolución No. 2628 de 2013 y Resolución No. 2470 de 2019.

Que mediante el Decreto No 231 de 2019, se redistribuyeron los empleos de la planta de personal de la Gobernación del Departamento de Putumayo.

Que la Secretaría de Servicios Administrativos, adelantó un estudio basado en el nuevo modelo de gestión, las nuevas competencias comunes y por nivel jerárquico aprobadas e integradas por el Departamento de acuerdo con la Guía Referencial Iberoamericana de Competencias Laborales para el Sector Público, así como las competencias específicas dispuestas por la Resolución 629 de 2018 y las necesidades del servicio, con el fin de actualizar del manual específico de funciones y de competencias laborales, por consiguiente, se hace necesario actualizar el propósito principal, funciones esenciales, conocimientos básicos o esenciales y requisitos de formación académica en los empleos de la planta de personal de la Gobernación del Putumayo.

Decreta

ARTÍCULO 1º.  - Adoptar el Manual de Funciones y Competencias Laborales que hace parte integral del presente Decreto en documento anexo con Trescientos sesenta y cinco (365) folios, para los empleos que conforman la planta de personal de la Gobernación de Putumayo, las funciones deben ser cumplidas por Criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la Ley y los acuerdos le corresponde a la Gobernación del Putumayo. 


ARTÍCULO 2º. Los servidores públicos que en la actualidad se encuentren desempeñando empleos de la Planta Transitoria de conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Decreto No 0099 de 2009 conservarán las funciones en los mismos términos y condiciones que se venían desempeñando en el momento de supresión del empleo, no obstante, de requerirlo la entidad podrán ajustarles las funciones a las necesidades institucionales sin que por ese motivo pierdan los empleos su naturaleza de transitoriedad.

ARTÍCULO 3º. El Asesor de Talento Humano o quien haga sus veces, entregará a cada funcionario copia de las funciones y competencias determinadas en el presente manual para el respectivo empleo en el momento de la posesión, cuando sea ubicado en otra dependencia que implique cambio de funciones o cuando mediante la adopción o modificación del manual se afecten las establecidas para los empleos. Los jefes inmediatos responderán por la orientación del empleado en el cumplimiento de estas.

ARTÍCULO 4º. Cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio, debidamente reglamentado, la posesión de grados, títulos, licencias, matrículas o autorizaciones previstas en leyes o en sus reglamentos, no podrán ser compensados por experiencia u otras calidades, salvo que las mismas leyes así lo establezcan.

ARTÍCULO 5º. A los funcionarios públicos que en la actualidad se encuentren desempeñando empleos de la planta de personal de la Gobernación del Putumayo que por este Manual Específico de Funciones y Competencia se establecen requisitos diferentes, no les serán exigidos distintos a los ya acreditados al momento de la posesión en el respectivo empleo.

ARTÍCULO 6°. De conformidad con lo señalado en el Decreto 1083 Artículo 2-2.3.5 parágrafo 3º en las convocatorias a concurso para la provisión de los empleos de carrera administrativa, se podrá indicar en el manual específico de funciones y de competencias laborales, las disciplinas académicas o profesiones específicas que se requieran para el desempeño del empleo, de acuerdo con las necesidades del servicio y de la institución.

ARTÍCULO 7º. El Gobernador mediante acto administrativo adoptará las modificaciones o adiciones necesarias para mantener actualizado el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales y podrá establece equivalencias entre estudios y experiencia en los casos que considere necesarios.

ARTÍCULO 8º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga en todas sus partes el Decreto No. 0139 de 2015, Decreto No.139 A de 2015, y demás disposiciones que le sean contrarias.

Manual de Funciones

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PROYECTO MANUAL DE FUNCIONES

 

Publicación Proyecto Acto Administrativo: Por medio del cual se ajusta el Decreto 0139 de 2015 - Se publica el presente proyecto de acto Administrativo con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 051 de 2018. Las observaciones a este Acto Administrativo podrán ser remitidas al correo electrónico serviciosadministrativos@putumayo.gov.co  hasta el día 28 de Junio de 2019 hasta las 06:00 pm.

 Manual de Funciones

Por medio del cual se ajusta el Decreto 0139 de 2015 - Se publica el presente proyecto de acto Administrativo con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 051 de 2018. Las observaciones a este Acto Administrativo podrán ser remitidas al correo electrónico  serviciosadministrativos@putumayo.gov.co hasta el día 05 de Julio de 2019 hasta las 08:00 Am.

Gobernador del Putumayo - Despacho

Secretario de Despacho - Despacho

Jefe Area - Jefe de Oficina

Jefe Oficina - Asesor